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Es un beneficio pecuniario que se paga mensualmente por cada carga familiar a las personas que tienen la calidad de beneficiarios del Sistema, cuyo ingreso mensual no exceda del máximo que anualmente se fija por Ley.
Está normado en el DFL Nº 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
La Ley 20.935 de junio de 2016, estableció distintos valores para las asignaciones familiares, de acuerdo al ingreso promedio mensual percibido por el beneficiario.
Montos de la Asignación Familiar
Los valores de la asignación familiar y maternal que rigen a contar del 1° de agosto de 2018 y hasta el 28 de febrero de 2019 son los siguientes.
TRAMO 1
$11.887
VALOR POR CARGA
$ 1 / $ 302.200
Ingreso promedio
(desde / hasta)
TRAMO 2
$7.259
VALOR POR CARGA
$ 302.201 / $ 441.395
Ingreso promedio
(desde / hasta)
TRAMO 3
$2.295
VALOR POR CARGA
$ 441.396 / $ 688.427
Ingreso promedio
(desde / hasta)
TRAMO 4
$ 0
VALOR POR CARGA
$688.428 y más
Ingreso promedio
(desde / hasta)
Este trámite debe efectuarlo junto a su empleador.
- Formulario Solicitud de Asignación Familiar, que otorga la Caja, registrando toda la información que se solicita en este formulario.
- Documentación civil, que se señala en el formulario antes citado.
Consideraciones Generales:
- Los beneficiarios que se encuentren en goce de subsidio de cesantía, quedan comprendidos en el tramo 1.
- En el caso de los causantes inválidos, el monto que les corresponde, debe aumentarse al duplo.
- La cónyuge y el cónyuge si es inválido.
- Los hijos e hijastros hasta 18 años y los mayores de esa edad, hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidas por éste.
- Los nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por ambos.
- La Madre viuda.
- Los ascendientes mayores de 65 años.
- Los menores que hubiesen sido confiados al cuidado de personas naturales en virtud de una medida de protección dispuesta por sentencia judicial.
Beneficio para trabajadoras que se encuentren embarazadas y trabajadores respecto de sus cónyuges embarazados que sean causantes de asignación familiar.
Procede igual a la asignación familiar en cuanto a los montos a percibir. Se paga por todo el periodo de embarazo. Se hace exigible a partir del 5° mes de embarazo, previa certificación competente.
El certificado de embarazo debe ser extendido por Servicio de Salud Pública o ser visado por COMPIN
Requisitos Comunes
- Que los causantes vivan a expensas del beneficiario que los invoca.
- Que no disfruten de una renta, cualquiera sea su origen o procedencia, igual o superior al 50% del ingreso mínimo mensual.
Excepciones
- Los beneficiarios de pensiones asistenciales, pensiones básicas solidarias por vejez o invalidez; así como también los beneficiarios de subsidio por discapacidad mental, no causan derecho a Asignación Familiar, cualquiera sea el monto de su pensión y/o subsidio. Por tanto, no pueden invocarse como causantes.
Las Pensiones de orfandad y de sobrevivencia no se considerarán renta para terminar dicha incompatibilidad, por lo tanto si pueden invocarse como causantes.
Para solicitar autorización de asignación familiar la empresa debe presentar lo siguiente:
- Formulario Solicitud de Asignación Familiar, que otorga la Caja, registrando toda la información que se solicita en este formulario.
- Documentación Civil y otros antecedentes, que se señala al reverso del formulario antes citado.
Para solicitar extinción de asignación familiar la empresa debe presentar lo siguiente:
- Formulario Extinción de Asignación Familiar, que otorga la Caja, registrando toda la información que se solicita en este formulario.
- Documentación Civil y otros antecedentes, que se señala al reverso del formulario antes citado.
Se pierde el derecho de percibir asignación familiar, entre otras causales, por dejar de cumplir con los requisitos comunes señalados anteriormente.
El trabajador o causante deberá comunicar la suspensión del derecho al beneficio, dentro del plazo de 60 días contados desde que acontece, para lo cual debe presentar la Solicitud de Extinción de Asignación Familiar, indicando y documentando la causal de extinción.
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